La R.388 § 20 exige que cada catastro municipal tenga una sucursal ciudadana digital. La mayoría la cumple a medias: una página estática con un PDF de cómo pedir cita.
Terraes la opera de verdad.
Qué hace "Mi predio"
- Consulta — el ciudadano busca su predio con cédula o matrícula.
- Descarga — certificados y soportes disponibles según permisos.
- Pago — impuesto predial integrado con PSE.
- Objeción — radica oposición con plazos automáticos por la Ley 1437.
- Mutación — solicita cambio físico/jurídico con trazabilidad.
El efecto en la oficina
En los municipios donde lo tenemos en operación:
- Menos trámites presenciales repetidos: el ciudadano consulta estado y radica desde el celular.
- Mejor trazabilidad para hacienda: cada solicitud queda asociada a predio, usuario, fecha y soporte.
- 24/7 disponibilidad — el ciudadano no depende del horario de atención.
Lo que no se ve
El módulo guarda evidencia documental de cada interacción. Cuando un ciudadano objeta su avalúo, la oficina ve el expediente completo — foto del lindero, GPS de la visita, firma del catastrero. Eso es lo que Contraloría pide.